Según la Ley Genral de Educación 66´97, en su artículo 34, son funciones del Nivel Inicial:
Contribuir al desarrollo físico, motriz, psíquico, cognotivo, afectivo, social, ético, estético y espritual de los educandos.
Promover el desarrollo de las potencialidades y cpaciades de los educandos, mediante la exposición en un ambiente rico en estímulos y la participación en diversidad de experiencias formativas.
Favorecer la integración del niño con la familia.
Desarrollar la capacidad de comunicación y las relaciones con las demás personas.
Desarrollar la cretividad.
Respetar, estimular y aprovechar las actividades lúdicas propias de la edad de ese Nivel.
Desarrollar el inicio de valores y actitudes como la responsabilidad, la cooperación, iniciativa y la conservación del medio ambiente.
Iniciar el desrrollo del sentido crítico.
Preparar para la Educación Básica.
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Promover una organización comunitaria que estimule el desarrollo de actitudes morales y esquemas de comportamientos positivos.